Buenos días.
He estado buscando información sobre el plazo hay de "carencia" entre el comienzo de los trabajos en una obra y la formalización definitiva de la apertura del centro de trabajo. No he encontrado nada para mi Comunidad (Extremadura) y hasta ahora, la única referencia que tengo es la que me ha dado un compañero que me ha comentado que es un mes, pero no se acuerda en que normativa viene.
Gracias de antemano.
Apertura de centro de trabajo.
Re: Apertura de centro de trabajo.
Querido Mufor quedate con poco o nada de lo que digan que saben que le han dicho, y fíate de tus ojos.
Si bien la Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril (BOE 1 de mayo 2010), sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de reanudación de actividades en los centros de trabajo., establece en su artículo 2. Plazos de presentación y datos de la comunicación.
1. La comunicación de apertura o de reanudación de la actividad a que se refiere el artículo 1 se cumplimentará por el empresario, previamente, o dentro de los treinta días siguientes al hecho que la motiva, conforme a la parte A del modelo oficial que se adjunta como anexo y que contendrá los datos e informaciones siguientes:, en el mismo se modificó el RD 1627/97 (de rango normativo mayor que una Orden Ministerial) derogando el arículo 18 y modificando el 19 que antes de su modificación establecia: La comunicación de apertura del centro de trabajo a la autoridad laboral competente deberá incluir el plan de seguridad y salud al que se refiere el artículo 7 del presente Real Decreto.
Modificado por RD 337/2010, Modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención, del RD 1627/1997 y del RD 1109/2007, BOE 23/03/2010.
Sin embargo la nueva redacción del artículo 19 establece lo siguiente:
La comunicación de apertura del centro de trabajo a la autoridad laboral competente deberá ser previa al comienzo de los trabajos y se presentará únicamente por los empresarios que tengan la consideración de contratistas de acuerdo con lo dispuesto en este real decreto.
La comunicación de apertura incluirá el plan de seguridad y salud al que se refiere el artículo 7 del presente real decreto..
Concluyendo NO EXISTE CARENCIA EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN, sino que debe ser previa y nos interesa porque si no aprobamos el plan no debemos permitir el inicio de los trabajos.
Saludos y espero haberte ayudado
Si bien la Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril (BOE 1 de mayo 2010), sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de reanudación de actividades en los centros de trabajo., establece en su artículo 2. Plazos de presentación y datos de la comunicación.
1. La comunicación de apertura o de reanudación de la actividad a que se refiere el artículo 1 se cumplimentará por el empresario, previamente, o dentro de los treinta días siguientes al hecho que la motiva, conforme a la parte A del modelo oficial que se adjunta como anexo y que contendrá los datos e informaciones siguientes:, en el mismo se modificó el RD 1627/97 (de rango normativo mayor que una Orden Ministerial) derogando el arículo 18 y modificando el 19 que antes de su modificación establecia: La comunicación de apertura del centro de trabajo a la autoridad laboral competente deberá incluir el plan de seguridad y salud al que se refiere el artículo 7 del presente Real Decreto.
Modificado por RD 337/2010, Modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención, del RD 1627/1997 y del RD 1109/2007, BOE 23/03/2010.
Sin embargo la nueva redacción del artículo 19 establece lo siguiente:
La comunicación de apertura del centro de trabajo a la autoridad laboral competente deberá ser previa al comienzo de los trabajos y se presentará únicamente por los empresarios que tengan la consideración de contratistas de acuerdo con lo dispuesto en este real decreto.
La comunicación de apertura incluirá el plan de seguridad y salud al que se refiere el artículo 7 del presente real decreto..
Concluyendo NO EXISTE CARENCIA EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN, sino que debe ser previa y nos interesa porque si no aprobamos el plan no debemos permitir el inicio de los trabajos.
Saludos y espero haberte ayudado
Re: Apertura de centro de trabajo.
Amigo jfprieto, tu comentario me ha sido de muchísima ayuda y me ha aclarado todas las dudas que tenía al respecto.
Un saludo.
Un saludo.
Re: Apertura de centro de trabajo.
No hay obligación de comunicación de la visita al coordinador, los requerimientos son a las empresas.
harrybro
Re: Apertura de centro de trabajo.
harrybro, no entiendo tu respuesta; ¿a qué te refieres?
Re: Apertura de centro de trabajo.
Otra duda que me ha surgido al respecto, es si las subcontratas deben hacer apertura del centro de trabajo o no.
la Orden TIN/1071/2010 que trascribe arriba el compañero fjprieto que dice literalmente "La comunicación de apertura del centro de trabajo a la autoridad laboral competente deberá ser previa al comienzo de los trabajos y se presentará únicamente por los empresarios que tengan la consideración de contratistas de acuerdo con lo dispuesto en este real decreto.. Por lo tanto de ello se desprende que solo debe hacerla el Contratista.
Esto a nivel estatal, pero según he visto, hay comunidades que legislan de manera más restrictiva tal aspecto y si es obligatorio, y otras en las que solo es obligatorio si solo va a estar esa subcontrata más de 30 días en obra (el periodo de carencia que mencionaba más arriba). Alguién sabe como funciona en Extremadura?. Un compañero me ha comentado que realizó la consulta a trabajo y le respondieron con algo parecido a "si, creo que si".
Un saludo y gracias.
la Orden TIN/1071/2010 que trascribe arriba el compañero fjprieto que dice literalmente "La comunicación de apertura del centro de trabajo a la autoridad laboral competente deberá ser previa al comienzo de los trabajos y se presentará únicamente por los empresarios que tengan la consideración de contratistas de acuerdo con lo dispuesto en este real decreto.. Por lo tanto de ello se desprende que solo debe hacerla el Contratista.
Esto a nivel estatal, pero según he visto, hay comunidades que legislan de manera más restrictiva tal aspecto y si es obligatorio, y otras en las que solo es obligatorio si solo va a estar esa subcontrata más de 30 días en obra (el periodo de carencia que mencionaba más arriba). Alguién sabe como funciona en Extremadura?. Un compañero me ha comentado que realizó la consulta a trabajo y le respondieron con algo parecido a "si, creo que si".
Un saludo y gracias.
Re: Apertura de centro de trabajo.
En Extremadura según los técnicos Trabajo en Mérida, un tal Javier González, igual que en la normativa estatal, no hay desarrollo. Solo el contratista del 1627/97.
Saludos
Saludos
Re: Apertura de centro de trabajo.
Muchas gracias fjprieto