En una ampliación y reforma de una vivienda unifamiliar ya existe instalación eléctrica. Pueden enchufar las las herramientas y de más medios auxiliares para la obra a los propios enchufes de la vivienda. Es obligatorio en TODA obra, instalar un cuadro eléctrico de obra?
Gracias y saludos,soy nueva en el foro. Natalia Trancho
CUADRO ELÉCTRICO DE OBRA
Re: CUADRO ELÉCTRICO DE OBRA
Si el promotor está de acuerdo no habrá problema, ten en cuenta que la instalación se la supone conforme al REBT con sus diferenciales, magnetotérmicos, etc...
Un saludo
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Profesor Grado Arquitectura Técnica
Escuela Superior Politécnica. Universidad de Salamanca
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Re: CUADRO ELÉCTRICO DE OBRA
Muchas gracias por la aclaración.
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Re: CUADRO ELÉCTRICO DE OBRA
Natalia, creo, con todos mis respetos, que el Sr ldramos debía haber concretado un poco más; si la reforma de la vda supone emplear maquinaria de obra; trifasica, la vda no dispone de esta tensión (salvo, sacar del cuadro general de protección una nueva toma de corriente ?????).
La otra limitación es que la contrata necesite para su maquinaria mas potencia de la contratada para la vda; en ese caso, saltará constantemente el ICP (Interuptor de control de potencia); si está instalado, en caso contrario saltará el magnetotermico del circuito donde se supere el amperaje.
Que yo conozca existe una limitación en los contratos de las cias suminstradoras y es que el suministro no se puede usar para un uso distinto del que está contratado (domestico), y que no se puede dar servicio a un tercero( de una vda a otra, o como el caso que planteas para un uso industrial); No obstante, será practicamente imposible que la cia suminstradora se meta en estos verengenales; sobre todo si el uso es por poco tiempo.
Desde el punto de vista de prevención de riesgos laborales, (si se utiliza el suministro de la vda), yo comprobaría que los circuitos disponen de toma de tierra u ordenaría que la maquinaria de obra tubiese una toma de tierra autónoma.
Espero haber ayudado
La otra limitación es que la contrata necesite para su maquinaria mas potencia de la contratada para la vda; en ese caso, saltará constantemente el ICP (Interuptor de control de potencia); si está instalado, en caso contrario saltará el magnetotermico del circuito donde se supere el amperaje.
Que yo conozca existe una limitación en los contratos de las cias suminstradoras y es que el suministro no se puede usar para un uso distinto del que está contratado (domestico), y que no se puede dar servicio a un tercero( de una vda a otra, o como el caso que planteas para un uso industrial); No obstante, será practicamente imposible que la cia suminstradora se meta en estos verengenales; sobre todo si el uso es por poco tiempo.
Desde el punto de vista de prevención de riesgos laborales, (si se utiliza el suministro de la vda), yo comprobaría que los circuitos disponen de toma de tierra u ordenaría que la maquinaria de obra tubiese una toma de tierra autónoma.
Espero haber ayudado
Re: CUADRO ELÉCTRICO DE OBRA
Buenas peritoinferior, si la respuesta fue escuesta es porque considero que lo que tú indicas respecto a que Natalia tenga en cuenta si la maquinaria es trifasica o no, la demanda de potencia, la toma de tierra y demás consideraciones de cumplimiento del REBT, lo daba por supuesto dado que su pregunta se limitaba a si preguntar: Es obligatorio en TODA obra, instalar un cuadro eléctrico de obra?.
En cuanto a considerar "uso industrial" el que hace un "cabeza de familia" para la realización de una obra sobre la vivienda de su propiedad, la misma creo no se considerará en ningún caso actividad que genere un beneficio mercantil, lo unico es que el promotor restará el gasto electrico del costo de la obra.
Y por tanto a la pregunta respondo lo mismo, no existe tal obligación en cuanto a la obligatoriedad de instalar un cuadro de obra en el caso que nos ocupa.
Un saludo
Damián Ramos
En cuanto a considerar "uso industrial" el que hace un "cabeza de familia" para la realización de una obra sobre la vivienda de su propiedad, la misma creo no se considerará en ningún caso actividad que genere un beneficio mercantil, lo unico es que el promotor restará el gasto electrico del costo de la obra.
Y por tanto a la pregunta respondo lo mismo, no existe tal obligación en cuanto a la obligatoriedad de instalar un cuadro de obra en el caso que nos ocupa.
Un saludo
Damián Ramos
Profesor Grado Arquitectura Técnica
Escuela Superior Politécnica. Universidad de Salamanca
Escuela Superior Politécnica. Universidad de Salamanca
Re: CUADRO ELÉCTRICO DE OBRA
Gracias a los Damián Ramos y Perito inferior, me habeis servido de mucha ayuda. Ya que nunca se me había dado el caso. Mi preocupación era si es obligatorio cuadro de obra y si realmente, trabajando en estas condiciones es seguro para los operarios.
La potencia contratada de la vivienda es de 9.900 w y ya se ha comunicado a HC (compañía suministradora) de las obras que estamos realizando.
Muchas gracias y saludos
La potencia contratada de la vivienda es de 9.900 w y ya se ha comunicado a HC (compañía suministradora) de las obras que estamos realizando.
Muchas gracias y saludos