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Dudas responsabilidad del coordinador de seguridad y salud
Publicado: 04 Jul 2012 09:21
por yflew
Buenos días:
Abro un nuevo tema, para preguntar una duda de un coleguilla. Si este no fuera el sitio adecuado para hacer esta pregunta, ruego me disculpen.
Resulta que un amigo mío estuvo trabajando como DEO y CSS en una reforma de una vivienda de unifamiliar. Por determinadas causas, el promotor decide rescindirle el contrato. Mi amigo, habló con su colegio, y le comentaron que tenía que hacer un informe de como dejaba la obra, que hiciera fotos, y que hiciera unas mediciones de lo ejecutado, así como también le dijeron que tenía que rellenar una hoja por la cual ponía que se le había rescindido el contrato y tal. Entregó todo esto en el colegio de aparejadores, le visaron la hoja de renuncia (aunque ya digo, que fue el promotor quien le rescindió el contrato), el informe, y dio unas recomendaciones de como quedaba había que dejar la obra, y que antes de volver a iniciar los tajos se tenía que nombrar un nuevo CSS, y había que revisar el estado de la obra, y tal. Se supone que es el propio colegio quien tiene que avisar al promotor y al ayuntamiento de que esa obra no tiene aparejador. Y ahora la duda de mi amigo es que, dice que el promotor le sigue haciendo responsable de la seguridad de su obra. La obra está cerrada por motivos personales del promotor. Mi amigo y yo estábamos totalmente seguros, de que una vez entregado todo esto en el colegio, se supone que ya no es responsable de la seguridad de dicha obra, y es el promotor quien tiene velar por la seguridad de su casa. Pero claro, tanto insistir esta persona, ya nos hace dudar. Por ello, les expongo aquí esta duda. Comentar también que la obra lleva parada como 4 meses y medio.
Gracias de antemano.
Un saludo cordial.
Re: Dudas responsabilidad del coordinador de seguridad y salud
Publicado: 04 Jul 2012 13:03
por fforteza
Intentaré darte mi opinión sobre el tema:
En caso de renuncia o cambio de coordinador por diferentes causas, lo importante es documentar la misma, cosa que por lo que dices parece que se ha hecho. El problema es el medio. Esta bien, pero en muchos casos la comunicación se queda aquí y no llega a la administración pertinente que podría realizar la actuación pertinente, por lo que puede ser insuficiente. En cualquier caso es conveniente indicar la renuncia o cambio de coordinador en el libro de incidencias y en caso de disputas remitir copia a la Inspección de Trabajo. Creo que es la actuación más segura para el CSS en caso de problemas.
Saludos
Re: Dudas responsabilidad del coordinador de seguridad y salud
Publicado: 04 Jul 2012 14:57
por yflew
Gracias por tu pronta respuesta fforteza.
La verdad es que nos has dejado un poco KO. Mi colega ya dio por hecho que sería el propio colegio quien se encargaría de dar el aviso, de hecho eso fue lo que le dijeron, pero ahora nos ha entrado la duda. De todos modos, es simplemente mi opinión,pero si pasara algo en dicha obra, por los motivos que fuera, yo creo que se podría "atacar" al colegio por no haber cumplido su misión, o por falta de información a la hora de decir cómo debería haber procedido mi amigo. Ya digo, que él cuando habló con ellos, le comentaron que debía hacer un informe, el cual no era obligatorio, aunque sí era recomendable, con fotos y demás, y le dijeron que rellenara la hoja de renuncia que ellos mismos le pasaron. Le comentaron también que ellos darían el aviso al ayuntamiento, y al promotor, pero claro, ahora ya no sé si se lo tenían que haber comunicado también a la inspección de trabajo.
Saludos.
Re: Dudas responsabilidad del coordinador de seguridad y salud
Publicado: 04 Jul 2012 15:01
por yflew
Perdón, me corrijo a mi mismo. Antes dije que el colegio daría el aviso al promotor y ayuntamiento, pero acabamos de ver un correo que le enviaron a mi amigo desde gerencia, donde le comentan que también son ellos los encargados de dar aviso a la inspección de trabajo. Así es que si ellos no hubieran dado el aviso, supongo que se podría contra ellos.
Saludos de nuevo.
Re: Dudas responsabilidad del coordinador de seguridad y salud
Publicado: 04 Jul 2012 17:04
por ldramos
Buenas yflew, creo que deberías acércate al colegio y que te enseñen las comunicaciones realizadas.
No entiendo tu inquietud ante un promotor que rescinde unilateralmente un contrato frente al colegio que está para defender nuestros intereses y que según tus comentarios ha actuado diligentemente.
Un saludo
Damián Ramos
Re: Dudas responsabilidad del coordinador de seguridad y salud
Publicado: 04 Jul 2012 20:58
por yflew
Sí, la verdad es que tienes razón Idramos. Supongo que serán comeduras de tarro de quienes estamos todavía bastante verdes en el asunto, y no nos fiamos de nadie o nos fiamos de todos.
Gracias.
Re: Dudas responsabilidad del coordinador de seguridad y salud
Publicado: 13 Jul 2012 13:11
por yflew
Hola de nuevo compañeros.
Le comenté a mi amigo lo que me dijisteis y efectivamente el aviso ya estaba dado, tanto al promotor como ayuntamiento, como inspección de trabajo.
Queríamos preguntaros de nuevo otra cosa.
Mientras la obra está paralizada, ¿se podría entrar en ella? Me refiero, a que si una obra se para, por lo motivos que sean, ¿alguno de los agentes de la edificación podría entrar en ella? Se supone que la obra en estos momentos "pertenece" al constructor no? O estoy equivocado? Y el único que podría entrar sería el promotor? No me queda muy claro, hay alguna ley al respecto?
Gracias.
Un saludo.
Re: Dudas responsabilidad del coordinador de seguridad y salud
Publicado: 17 Jul 2012 00:27
por ldramos
Buenas, en este caso el que la ha cerrado "el promotor".
El contratista en este caso debería comunicar la suspensión temporal a la autoridad laboral indicando los motivos.
Ahhh¡¡¡, no debería entrar nadie.
Si tu amigo ya tiene todo el tema de la renuncia zanjado de acuerdo a lo que le han dicho en el colegio, un consejo: Que no le coja el teléfono al promotor, él ya no tiene nada que ver con la obra.
Saludos
Re: Dudas responsabilidad del coordinador de seguridad y salud
Publicado: 17 Jul 2012 19:56
por yflew
Disculpa Idramos, no te he entendido muy bien.
Comentas que nadie debería entrar en la obra, hasta ahí de acuerdo, y que el contratista debería avisar a la autoridad laboral de que de momento no se están realizando los trabajos por los motivos que sea, pero lo de a quién "pertenece" la obra, sigue siendo del promotor entonces? Eso he te entendido yo al menos. Es que me parecía haber leído no sé dónde, ahora no me acuerdo, que mientras se esté ejecutando la obra, la obra es del contratista, entre comillas, claro está.
Y para poder entrar otra vez en la obra, se supone que ya será cuando se reinicien los tajos, y que se haya designado nuevo CSS y se hayan revisado las medidas de seguridad y tal.
Según mi amigo, el promotor le había rescindido el contrato por diferencias en lo que respecta a las mediciones de la obra ejecutada, y querían llegar a un acuerdo, de manera que el promotor contrató a otro técnico para que le hiciera las mediciones de nuevo, pero claro, si no se puede entrar en la obra, ¿cómo este otro técnico ha podido realizar unas mediciones de la obra? En tal caso, sólo habrá podido medir lo que se ve, y está a la vista de todo el mundo. Vamos, eso opino yo.
Gracias otra vez, y disculpen compañeros tantas preguntas.
Un saludo.
Re: Dudas responsabilidad del coordinador de seguridad y salud
Publicado: 24 Sep 2012 21:06
por ebolufer
Hola colegas. Mi aportación al tema es la siguiente:
La propiedad (sic) de la obra entiendo que corresponde a quien ostenta el título de propiedad de la misma. Lo habitual es que sea del promotor.
Otra cosa distinta es que el contratista, como titular del centro de trabajo, debe custodiar el mismo e implantar las medidas necesarias para que solo las personas autorizadas (por él mismo) accedan a la obra. En este sentido el CSS tiene como función la de "adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra", función que asumirá la DF cuando no fuera necesaria, o como en este caso, cuando durante un periodo no se haya designado nuevo CSS. La función del CSS queda suficientemente cumplida validando y supervisando el procedimiento propuesto por el contratista para el control de acceso a la obra tanto de personas como de vehículos.
Recapitulando, el contratista es el responsable de definir el procedimientos de control de acceso y de emitir las autorizaciones de acceso al centro de trabajo (obra). El CSS debe tomar resoluciones (validar y verificar), de acuerdo con el contratista, para que exista algún procedimiento de control de acceso.
En caso de suspensión temporal de los trabajos, la obra no pierde su condición de centro de trabajo, aunque sea sin actividad. Por tanto, las obligaciones de los agentes permanecen vigentes.
La normativa no prevé la baja temporal de un CSS pero, a los efectos de este caso, puede asimilarse a una situación en la que no es necesario la designación de CSS. En tales casos, solo algunas de las funciones del CSS las asume la DF. Como en este caso el DEO ha sido cesado, sólo quedaría el DO. Así que si fuera el DO no autorizaría el reinicio de trabajos en tanto no se regularice la designación de los agentes DEO y CSS.