Reanudación de obra en estado de alarma
Publicado: 12 Abr 2020 19:40
Al reanudarse una obra, ¿a quiénes corresponde la aplicación de las normas de seguridad y salud para prevenir el contagio por coronavirus?
El constructor es el responsable de redactar un protocolo de actuación o, en su caso, el anexo al Plan de Seguridad y Salud, que recogerá todas las medidas organizativas necesarias para garantizar la seguridad y la salud de todos los intervinientes en las obras. En todo momento ha de velar por el cumplimiento de dichas medidas y proponer, en su caso, su modificación en función de las variaciones de las circunstancias de las obras, incluyéndolo en el anexo al Plan de Seguridad o protocolo de actuación, respetando en todo caso las disposiciones de las autoridades competentes.
El coordinador de seguridad y salud y/o la dirección facultativa deben cumplir con las obligaciones que le impone el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.
Las empresas, los subcontratistas que puedan existir y los trabajadores de la obra deben cumplir también las medidas de prevención contenidas en el anexo al plan de seguridad o en el protocolo correspondiente.
El constructor es el responsable de redactar un protocolo de actuación o, en su caso, el anexo al Plan de Seguridad y Salud, que recogerá todas las medidas organizativas necesarias para garantizar la seguridad y la salud de todos los intervinientes en las obras. En todo momento ha de velar por el cumplimiento de dichas medidas y proponer, en su caso, su modificación en función de las variaciones de las circunstancias de las obras, incluyéndolo en el anexo al Plan de Seguridad o protocolo de actuación, respetando en todo caso las disposiciones de las autoridades competentes.
El coordinador de seguridad y salud y/o la dirección facultativa deben cumplir con las obligaciones que le impone el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.
Las empresas, los subcontratistas que puedan existir y los trabajadores de la obra deben cumplir también las medidas de prevención contenidas en el anexo al plan de seguridad o en el protocolo correspondiente.