Estoy haciendo un trabajo sobre trabajos sobre plataformas móviles de trabajo,para mis estudios de grado en arquitectura técnica, en mi escuela nos han cambiado el nombre del título, y consultando normas técnicas del INSHT y el art. 210 del Convenio se establece que "Es preceptivo el uso de arnés anticaídas por parte de los trabajadores". Sin embargo he consultado algunos manuales en los que no se aconseja el uso de arnés durante el movimiento sino que una vez posicionado en el punto de trabajo de trabajo y a elemento fijo distinto de la plataforma o a una línea de vida.
¿Hago caso al fabricante o a las normas?
Un saludo
Un futuro aparejador.