Estimados compañeros.
Tengo una obra de rehabilitación de fachada de un edificio de viviendas.
La Cdad. pretende (para ahorrarse dinero) contratar directamente los andamios.
Y luego por otro lado, a la empresa constructora que rehabilitará la fachada.
Soy el coordinador de seguridad y salud durante la ejecución.
Entiendo que si la Cdad. contrata directamente los andamios, pasa a ser contratista además de promotor.
No lo veo viable, pero no encuentro argumento legal para hacer ver a a Cdad. que esto no es posible.
Podreis ayudarme.?
gracias de antemano.