Buenas tardes,
Soy CSS en una obra donde el Contratista principal solo tiene un miembro dentro del personal designado, el Jefe de Obra, que es un Técnico.
Los trabajos serán en cubierta y se exige la presencia continua del Recurso Preventivo, dada la peligrosidad de los trabajos, por riesgo de caidas en altura.
Dicho Jefe de obra, no va a estar presente en la obra todo el tiempo y ha sido el designado como Recurso Preventivo.
Mi duda es, si solo hay una sobcontrata ¿El recurso preventivo puede ser de dicha subcontrata? ¿O será nombrado Responsable de seguridad de la subcontrata y a parte debe haber un RP?
En caso de que haya más subcontratas, ¿puede ser el recurso preventivo de una subcontrata el RP de toda la obra?
Gracias de antemano por las respuestas.
RECURSO PREVENTIVO PERSONAL SUBCONTRATA
Re: RECURSO PREVENTIVO PERSONAL SUBCONTRATA
Buenas Anhuemar,
Me parece que tienes un problema si el "único" trabajador de la contrata y "recurso preventivo" no va a estar presente mientras se lleven a cabo trabajos con riesgos especiales, supongo que su presencia viene acotada en el Plan de Seguridad y Salud.
Adjunto a esta respuesta el Criterio Técnico de la inspección de Trabajo número 83, en el que se aclaran algunos aspectos en relación a la presencia y nombramiento del recurso preventivo, a modo de ejemplo decirte que la presencia es mientras existan Riesgos de Especial Gravedad de Caida de Altura (por ejemplo mientras se estén colocando las protecciones colectivas, montando andamios,etc) y no siempre que exista el Riesgo de Caída de Altura, sino el de "Especial Gravedad". No se cual es tu caso pero puede que se haya fijado una presencia del recurso preventivo que va a más allá de este periodo de especial gravedad.
En cuanto a lo de la subontrata, en la dispoción adicional de la ley establece claramente que en las obras de construcción el recurso preventivo será obligación del contratista.
Espero que la lectura del Criterio Técnico te ayude
Un saludo
Damián Ramos
Me parece que tienes un problema si el "único" trabajador de la contrata y "recurso preventivo" no va a estar presente mientras se lleven a cabo trabajos con riesgos especiales, supongo que su presencia viene acotada en el Plan de Seguridad y Salud.
Adjunto a esta respuesta el Criterio Técnico de la inspección de Trabajo número 83, en el que se aclaran algunos aspectos en relación a la presencia y nombramiento del recurso preventivo, a modo de ejemplo decirte que la presencia es mientras existan Riesgos de Especial Gravedad de Caida de Altura (por ejemplo mientras se estén colocando las protecciones colectivas, montando andamios,etc) y no siempre que exista el Riesgo de Caída de Altura, sino el de "Especial Gravedad". No se cual es tu caso pero puede que se haya fijado una presencia del recurso preventivo que va a más allá de este periodo de especial gravedad.
En cuanto a lo de la subontrata, en la dispoción adicional de la ley establece claramente que en las obras de construcción el recurso preventivo será obligación del contratista.
Espero que la lectura del Criterio Técnico te ayude
Un saludo
Damián Ramos
Profesor Grado Arquitectura Técnica
Escuela Superior Politécnica. Universidad de Salamanca
Escuela Superior Politécnica. Universidad de Salamanca
Re: RECURSO PREVENTIVO PERSONAL SUBCONTRATA
Buenas,
Gracias Damián por al respuesta.
Pues mi caso particular es:
-Impermeabilización de una cubierta sin protección perimetral.
-Se usará linea de vida, dada la imposibilidad por la tipología de la cubierta de poner barandillas.
-Para acceder a la cubierta se usará un andamio de acceso y para acceder a la linea de vida principal (que está en el centro de la cubierta) se utilizará otra linea de transición.
Yo entiendo, por lo que he leído en la documentación que enviaste ayer, que el Recurso Preventivo debe ser de la Contrata Principal. No sé si serviría una persona que va a ir puntualmente a la obra, pero entiendo que no.
Los trabajos están muy acotados, pero considero que debe haber una vigilancia en el uso de arnés y en que la transición del andamio de acceso a la linea de vida principal se haga de forma correcta.
Un saludo.
Gracias Damián por al respuesta.
Pues mi caso particular es:
-Impermeabilización de una cubierta sin protección perimetral.
-Se usará linea de vida, dada la imposibilidad por la tipología de la cubierta de poner barandillas.
-Para acceder a la cubierta se usará un andamio de acceso y para acceder a la linea de vida principal (que está en el centro de la cubierta) se utilizará otra linea de transición.
Yo entiendo, por lo que he leído en la documentación que enviaste ayer, que el Recurso Preventivo debe ser de la Contrata Principal. No sé si serviría una persona que va a ir puntualmente a la obra, pero entiendo que no.
Los trabajos están muy acotados, pero considero que debe haber una vigilancia en el uso de arnés y en que la transición del andamio de acceso a la linea de vida principal se haga de forma correcta.
Un saludo.
Re: RECURSO PREVENTIVO PERSONAL SUBCONTRATA
Tal como lo pones parece que no te queda otra que la presencia "a tiempo completo".
No obstante creo que dado que la impermeabilización que se está haciendo no va a ser eterna deberías pensar en disponer un sistema de barandilla para la cubierta, pues tarde o temprano se tendrá que acceder a la misma para el mantenimiento.
Otra solucción no tener que recurrrir a la presencia a tiempo completo durante la impermeabilización sería la disposición de las llamadas "barandillas de peso muerto", mediante contrapeso, conforme a la UNE-13374, y únicamente en el trabajo en borde recurrir al sistema anticaída.
Lógicamente son soluciones más costosas, pero más eficaces desde el punto de vista preventivo.
Espero haberte ayudado
Un saludo
Damián Ramos
No obstante creo que dado que la impermeabilización que se está haciendo no va a ser eterna deberías pensar en disponer un sistema de barandilla para la cubierta, pues tarde o temprano se tendrá que acceder a la misma para el mantenimiento.
Otra solucción no tener que recurrrir a la presencia a tiempo completo durante la impermeabilización sería la disposición de las llamadas "barandillas de peso muerto", mediante contrapeso, conforme a la UNE-13374, y únicamente en el trabajo en borde recurrir al sistema anticaída.
Lógicamente son soluciones más costosas, pero más eficaces desde el punto de vista preventivo.
Espero haberte ayudado
Un saludo
Damián Ramos
Profesor Grado Arquitectura Técnica
Escuela Superior Politécnica. Universidad de Salamanca
Escuela Superior Politécnica. Universidad de Salamanca
Re: RECURSO PREVENTIVO PERSONAL SUBCONTRATA
Buenas,
Pues se trata de una cubierta ligera inclinada, con un sisterma constructivo que dificulta mucho la colocación de barandillas.
En cualquier caso, ya he exigido a la Contrata que designen un RP a tiempo completo.
Gracias por las respuestas.
Pues se trata de una cubierta ligera inclinada, con un sisterma constructivo que dificulta mucho la colocación de barandillas.
En cualquier caso, ya he exigido a la Contrata que designen un RP a tiempo completo.
Gracias por las respuestas.